Polémica sobre ley de mipymes podría llegar a la Corte

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   Lunes, 24 de Octubre de 2011

El presidente de la República, Fernando Lugo, estudia la viabilidad de la ley para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), en medio de la polémica generada entre gremios empresariales y sindicales respecto a los alcances de dicha reglamentación. Francisco Brítez, presidente de la Confederación Paraguaya de Trabajadores (CPT), anunció que si el Ejecutivo aprueba dicha ley, recurrirá a la Corte Suprema de Justicia para solicitar que se declare su inconstitucionalidad.

El proyecto de ley para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) fue presentado por los diputados David Ocampos (Unace) y Mario Morel (ANR), con el objetivo de establecer un marco regulatorio que permita promover y fomentar la creación y desarrollo de las mismas, para incorporarlas a la estructura formal productora de bienes y servicios, y darles identidad jurídica.
En agosto pasado, la Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el proyecto de ley, que había sido aprobado en mayoría en Diputados. Uno de los capítulos cuestionados por los senadores es el relativo al seguro social del Instituto de Previsión Social.
El proyecto de ley aprobado por Diputados el 5 de mayo pasado otorgaba el seguro médico del Instituto de Previsión Social a patrones de las microempresas y a los obreros.
A instancias del senador del Partido Patria Querida Miguel Carrizosa, el punto referente al “régimen diferenciado” del seguro social fue anulado, por lo que las mipymes deben acatar la Ley 98/92, Carta Orgánica del IPS.
El parlamentario argumentó que el proyecto perjudica, tanto a la Previsional como a los trabajadores, pues estos deberán aportar al instituto el 10% de sus salarios y no tendrán el derecho a la jubilación por cinco años.
 Carrizosa indicó que la Ley 98/92 (Carta Orgánica del IPS) establece que el aporte de los obreros es de 9% sobre sus salarios, y el de los patrones, 14% sobre los salarios imponibles, con lo cual los obreros tienen asegurado el derecho a la salud y la jubilación.
Ante los cuestionamientos respecto a la constitucionalidad o no de los artículos del referido proyecto, la Asociación de Abogados Laboralistas analizó el mismo y se expidió al respecto, a través de una declaración divulgada el 4 de octubre pasado y que transcribimos en el cuadro que acompaña este material. Firman el documento el Dr. Jorge Darío Cristaldo, presidente del Instituto Paraguayo del Derecho del Trabajo (IPDT), y los Dres. Liliana Cuenca y Elver Ruiz Díaz, presidenta y secretario general de la AAL.

Lo que se sancionó
La norma aprobada clasifica como microempresa aquella que emplea hasta 10 trabajadores y que tiene una facturación anual de G. 500 millones. Asimismo, especifica que pequeñas empresas son aquellas formadas por hasta 30 trabajadores y tengan una facturación anual de G. 2.500 millones, mientras que las medianas empresas son las que tienen hasta 100 trabajadores y factura G 6.000 millones.
Se crea también, a través del Ministerio de Industria y Comercio, el viceministerio de las micro, pequeñas y medianas empresas, con el fin de desarrollar e implementar programas de apoyo a las mismas.
 Asimismo, la ley confiere al MIC la función de promover servicios y acciones de capacitación a las mipymes. Igualmente, crea un registro nacional de las mismas en la que podrán inscribirse para acogerse a los beneficios establecidos.
La simplificación de los trámites para la constitución y registro de las mipymes, el acceso a líneas de crédito preferenciales son otros puntos contemplados por la ley, que además fija mecanismos alternativos de financiamiento de mipymes y establece un presupuesto básico.

 Interés público
La norma declara de “interés público la actividad de crédito a favor de las mipymes” y determina que el presupuesto general nacional debe tener un fondo no menor a 15.000 salarios mínimos (G. 24.873.480.000) para el fondo para dicho sector.
El 15 de setiembre pasado, la Cámara de Diputados aceptó las modificaciones realizadas por la Cámara de Senadores y sancionó el proyecto de ley para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), tras lo cual el texto pasó al Poder Ejecutivo.
La cuestión fue analizada en el Consejo de Ministros el 17 de octubre pasado, ocasión en que el ministro de Justicia y Trabajo, Humberto Blasco, anunció el veto parcial a la ley.
A su vez, el presidente de la Confederación Paraguaya de Trabajadores, Francisco Brítez, anunció que si el Ejecutivo no veta el proyecto, promoverá una acción de inconstitucionalidad contra el mismo y si así todo quedará en manos de los ministros de la Corte Suprema.

Fuente: www.abc.com.py