Reglamentan ley de micro y pequeñas empresas

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   Lunes, 16 de Julio de 2012

El Poder Ejecutivo inició los trabajos para la reglamentación de la Ley de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), tarea que estará a cargo de tres ministerios y del Instituto de Previsión Social (IPS), informó el ministro de Industria y Comercio, Francisco Rivas Almada. Agregó que en 90 días ya tendríamos el instrumento legal.

 El secretario de Estado explicó que, previamente, se había creado por decreto el viceministerio de las MiPyMEs, tal como lo establece esa ley, y se nombró el viceministro que va a depender de Industria y Comercio.

Al respecto, el titular del MIC señaló que, aparte de eso, se sentaron las bases para la reglamentación de la ley y que desde la reglamentación la ciudadanía tendrá una visión diferente de las micro, pequeñas y medianas empresas en Paraguay, que pueden dar una dirección diferente a la economía, de la mano de una buena cantidad de empresas familiares, especialmente aquellas manejadas por mujeres cabezas de familias.

Añadió que el objetivo es que el país crezca, que las empresas de este porte puedan formalizar sus actividades, y ofrezcan una mayor cantidad de empleos que puedan ser controlados por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Participan de la reglamentación los ministerios de Industria y Comercio, Hacienda y representantes del IPS.

Preguntado qué contendría la reglamentación, Rivas explicó que tiene varios aspectos. En primer lugar, la formalización, el segundo que al estar legalmente constituidas, las MiPyMEs tienen derecho a acceder a créditos de bancos públicos y privadOs. “Aparte se crea un fondo para el desarrollo de este sector”, expresó.

Cuestionamientos

Sobre el cuestionamiento del sector sindical, que se flexibilizó o vulneró el Código Laboral, el ministro dijo: “En ese aspecto, la ley otorga a las empresas dos años de adecuación para que desde el tercer año puedan equipararse con las demás empresas desde el punto de vista del cumplimiento de las normativas laborales. En materia de seguridad social, los dos primeros años estas empresas pagarán solo el seguro médico de sus empleados en IPS, y pasado ese plazo ya tendrán el seguro social correspondiente, que incluirá el pago de la jubilación, sobre la base del salario mínimo”.

Consultado sobre la clasificación de las MiPyMEs, explicó que en materia del número de empleados pueden tener desde cinco, 15 y hasta 20 funcionarios, porque más que esa cantidad ya dejan de ser micro, pequeña o medianas empresa. Añadió que la facturación debe ser desde G. 250 millones hasta G. 6.000 millones al año. Todo por dos años.

Inquirido cuándo estaría lista la reglamentación, Rivas explicó que por la misma ley el grupo tiene 90 días, a partir de ahora. “Tenemos que tener presente que a finales de octubre y comienzos de noviembre tenemos que tener hecho el decreto reglamentario, que puede tener alguna adenda más en la medida que vaya transcurriendo el tiempo”, dijo.

Algunos apuntan que la ley podría prestarse a la corrupción en materia laboral y social, el secretario de Estado replicó: “Yo creo que con esta nueva ley se va a lograr una alta formalización. Por el contrario, hoy tenemos demasiadas empresas familiares cuyo desempeño no está reglado y, en realidad, no sabemos cómo funcionan. Además, con esta ley y su reglamentación estas empresas estarán obligadas a registrarse, que les va a ser muy favorable, y automáticamente van a ser pasibles de créditos y también a pagar sus impuestos, logrando de esa manera una transparencia en sus actividades”, enfatizó el ministro.

La cantidad de funcionarios

En lo concerniente a la cantidad empleados por cada micro, pequeña y mediana empresa, de acuerdo con la nueva legislación pueden tener desde cinco, 15 y hasta 20 funcionarios, porque por encima de esa cantidad ya dejan de integrar la categoría de MIPyMES, beneficiaras de la ley sancionada recientemente.

El ministro de Industria y Comercio, Francisco Rivas Almada, también destacó otro de los rasgos que caracterizan y ayudan a identificar a este tipo de empresas: la facturación debe ser desde 250 millones de guaraníes hasta 6.000 millones de guaraníes al año.

Fuente: www.abc.com.py